Viabilidad del decreto inicial
Campero aclaró a Panamericana que en materia previsional el Ejecutivo tiene competencia para implementar pagos mediante decreto supremo. Este mecanismo permite agilizar el beneficio mientras se tramita la modificación legislativa correspondiente de la normativa originaria.
Obligatoriedad legislativa posterior
El jurista enfatizó que el incremento debe elevarse a rango de ley en la Asamblea para garantizar su estabilidad jurídica y universalidad. Un decreto por sí solo no sustituye la aprobación parlamentaria requerida para modificaciones estructurales de la Ley 3701.
Carácter universal del beneficio
Campero insistió en que la Renta Dignidad debe mantener su esencia universalista, beneficiando a todos los adultos mayores sin distinción entre regímenes contributivos y no contributivos. Cualquier ajuste debe preservar este principio constitucional de protección social.
Preocupaciones del sector pasivo
Enrique Miranda, asesor legal de jubilados "Vanguardia", expresó reparos por la prelación normativa. Coincidió en que definitivamente el incremento requiere sustento legislativo formal para evitar cuestionamientos futuros sobre su legitimidad y continuidad.
