Detalles del decreto
El presidente Rodrigo Paz firmó este miércoles 18 de febrero de 2026 el Decreto Supremo N° 5548, que habilita la importación temporal de petróleo, gasolina natural y otros hidrocarburos líquidos.
La medida busca elevar la producción interna de combustibles, aprovechar al máximo las refinerías como las de Cochabamba y Santa Cruz, mantener ductos operativos y bajar costos frente a la importación de productos ya refinados.
Objetivos y mecanismos
YPFB suscribirá contratos con refinerías para estas operaciones. El Comité de Producción y Demanda (PRODE) asignará volúmenes según necesidades del mercado, capacidades logísticas y de refinación.
El Ministerio de Hidrocarburos definirá requisitos vía resolución ministerial, asegurando calidad técnica del crudo importado. Las refinerías venderán productos regulados a YPFB o distribuidores mayoristas, y podrán exportar excedentes con aprobación.
Incentivos fiscales
Para facilitar el proceso, se fija en cero bolivianos por litro la alícuota del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y Derivados (IEHD) durante un año, sin subsidios directos.
Esta norma se enmarca en la emergencia energética declarada previamente (DS 5517), alineada con reformas como el fin de subvenciones a combustibles anunciadas en los 100 días de gestión de Paz
