viernes. 19.04.2024

Como se conoce, el Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal de la ciudad de El Alto definió recientemente que la expresidenta transitoria, Jeanine Añez, sea juzgada por la vía penal y no así en un juicio de responsabilidades por los hechos violentos de Senkata y Sacaba a fines del año 2019.

La determinación del cuestionado juez, Marco Amaru, generó reacciones entre expertos en la materia, como el abogado constitucionalista Williams Bascopé. Para quien es evidente la existencia de presión política para que el operador de justicia omita elementos que avalan la constitucionalidad de Añez en el ejercicio de la presidencia.

De acuerdo a su explicación, existen antecedentes para reconocer la legitimidad de la ex mandataria y convenir en que le corresponde enfrentar un juicio de responsabilidades de acuerdo a la normativa vigente, pues de lo contrario tendría que aplicarse la nulidad de actuados afectando decisiones administrativas y políticas como la convocatoria a elecciones.

Por su parte, el abogado, Israel Quino, formuló consideraciones y distinguió un análisis estrictamente formal y jurídico, y por otro lado, uno constitucional.

En la vertiente legal, remarcó la decisión del juez Amaru que no reconoce la legitimidad de Jeanine Añez como ex presidenta, por lo que define no aplicar la ley 044.

Sin embargo, en el ámbito constitucional, Quino advirtió la posibilidad de cuestionamientos a futuro y en este sentido, observó vacíos en la norma mencionada por no considerar la forma de acceso a la presidencia, sino el ejercicio mismo del cargo.

Es así que identificó una tarea que deberá dirimir el Tribunal Constitucional, aunque expresó reparos a la labor de este órgano por haber permitido la existencia de dudas y controversias sobre el caso de Añez.

PANAMERICANA.

Abogados analizan decisión de juzgar a la expresidenta Jeanine Añez por la vía ordinaria y no así mediante un juicio de responsabilidades

Como se conoce, el Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal de la ciudad de El Alto definió recientemente que la expresidenta transitoria, Jeanine Añez, sea juzgada por la vía penal y no así en un juicio de responsabilidades por los hechos violentos de Senkata y Sacaba a fines del año 2019.

La determinación del cuestionado juez, Marco Amaru, generó reacciones entre expertos en la materia, como el abogado constitucionalista Williams Bascopé. Para quien es evidente la existencia de presión política para que el operador de justicia omita elementos que avalan la constitucionalidad de Añez en el ejercicio de la presidencia.

De acuerdo a su explicación, existen antecedentes para reconocer la legitimidad de la ex mandataria y convenir en que le corresponde enfrentar un juicio de responsabilidades de acuerdo a la normativa vigente, pues de lo contrario tendría que aplicarse la nulidad de actuados afectando decisiones administrativas y políticas como la convocatoria a elecciones.

Por su parte, el abogado, Israel Quino, formuló consideraciones y distinguió un análisis estrictamente formal y jurídico, y por otro lado, uno constitucional.

En la vertiente legal, remarcó la decisión del juez Amaru que no reconoce la legitimidad de Jeanine Añez como ex presidenta, por lo que define no aplicar la ley 044.

Sin embargo, en el ámbito constitucional, Quino advirtió la posibilidad de cuestionamientos a futuro y en este sentido, observó vacíos en la norma mencionada por no considerar la forma de acceso a la presidencia, sino el ejercicio mismo del cargo.

Es así que identificó una tarea que deberá dirimir el Tribunal Constitucional, aunque expresó reparos a la labor de este órgano por haber permitido la existencia de dudas y controversias sobre el caso de Añez.

PANAMERICANA.

Abogados analizan decisión de juzgar a la expresidenta Jeanine Añez por la vía...