El titular del ente electoral responde a las protestas y desmiente supuestas irregularidades en el proceso de declinatoria de NGP

Gustavo Ávila justifica la anulación de la segunda vuelta en La Paz: "Si no cumplo la ley, cometo un delito"

Presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Gustavo Ávila (Foto: TSE)
El presidente del Tribunal Supremo Electoral aclaró que la proclamación de Luis Revilla se ampara en una modificación legal aprobada en 2014. Ante la crisis, urgió a la Asamblea Legislativa a debatir una profunda reforma a la "desactualizada" Ley de Régimen Electoral.

El presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Gustavo Ávila, compareció ante los micrófonos de Panamericana para defender la legalidad de la anulación del balotaje por la Gobernación de La Paz. La autoridad electoral fue enfática al señalar que la institución no actuó por capricho, sino bajo el estricto cumplimiento de la normativa vigente.

Ávila explicó que el "génesis" de esta situación se remonta al año 2014, durante el gobierno de Evo Morales, cuando la Asamblea Legislativa modificó el artículo 64 de la Ley 026 de Régimen Electoral. Si bien este artículo instauró la segunda vuelta para gobernadores, también incluyó textualmente la figura legal que permite a las organizaciones políticas declinar su participación. "Además indicaron en ese artículo que si una de las organizaciones declina, el órgano electoral obviamente tiene que dar por aceptar esa declinatoria (...) y debe ser proclamada gobernador o gobernadora la candidata de la otra forma", detalló Ávila, subrayando que esta norma es de cumplimiento obligatorio y ya fue utilizada en procesos pasados.

Desmintiendo vicios procedimentales

Durante la entrevista, el presidente del TSE desestimó una a una las observaciones jurídicas y procedimentales lanzadas por los detractores de la medida:

  • Jurisdicción de Cochabamba: Sobre la presentación de la carta de renuncia en Cochabamba, Ávila aclaró que no existe ningún vicio porque los partidos políticos (a diferencia de las agrupaciones ciudadanas) tienen jurisdicción a nivel nacional, y NGP simplemente aprovechó que su congreso se desarrollaba en esa ciudad para ingresar el trámite.

  • Competencia del TSE sobre La Paz: Recordó que el TSE asumió la administración y competencia del Tribunal Electoral Departamental de La Paz desde diciembre del año pasado, debido a que la Asamblea Legislativa no designó a los vocales locales.

  • Estatutos de NGP y jerarquía legal: Ante la queja de que la cúpula de NGP tomó la decisión sin consultar a sus bases, Ávila reveló que la instancia del partido que presentó la declinatoria es exactamente la misma que, según sus propios estatutos, tiene la facultad de inscribir a los candidatos. Asimismo, recordó el principio de jerarquía normativa: la Constitución y la Ley (que permiten la renuncia) están por encima de los reglamentos internos de cualquier partido.

  • Votación unánime: Ávila desmintió categóricamente los rumores sobre presuntas disidencias internas, confirmando que la aceptación de la declinatoria de NGP fue asumida por "unanimidad de la sala plena".

"Si yo no cumplo la ley cometo un delito, y si cometo eso voy a ser procesado, me van a meter a la cárcel (...) Mientras esté en la ley, nos obligan a cumplir la misma y como autoridades electorales eso es lo que vamos a hacer", sentenció el titular del ente.

Legitimidad del 20% y urgencia de reformas

Consultado sobre la falta de legitimidad ciudadana que arrastraría Luis Revilla al asumir la gobernación con apenas un 20% de los votos de la primera vuelta, Ávila evitó emitir juicios de valor, pero contextualizó el fenómeno de la dispersión del voto. Informó que, en los recientes comicios, debido a la participación histórica de más de 300 organizaciones políticas, existen varios alcaldes en el país que han ganado sus municipios con apenas el 10%, 12% o 13% de respaldo popular.

Finalmente, a la luz de los recientes conflictos subnacionales, judiciales y generales, el presidente del TSE hizo un vehemente llamado a la Asamblea Legislativa para modernizar la ley electoral, la cual ya tiene más de 20 años de antigüedad. Ávila cuestionó figuras polémicas que aún deben aplicar por obligación, como la sustitución de candidatos 72 horas antes de los comicios o la exigencia del voto obligatorio en jornadas donde se le coarta al ciudadano el derecho a la libre circulación.