El plazo vence de manera indefectible este 1 de marzo y la inasistencia se castiga con una fuerte multa económica

¿Fuiste sorteado como jurado electoral? Conoce los requisitos para excusarte y cómo evitar la multa de Bs 1.650

Jurados Electorales. Foto: TSE
Tras el sorteo de aproximadamente 200.000 ciudadanos a nivel nacional para cumplir la función de jurados en las próximas Elecciones Subnacionales, el Órgano Electoral Plurinacional (OEP) habilitó el periodo para la recepción de excusas. Si fuiste elegido, pero te encuentras imposibilitado de ejercer este deber cívico, debes realizar el trámite siguiendo un procedimiento estricto.

Lo primero es confirmar tu estado. Todo ciudadano puede verificar si fue sorteado ingresando sus datos en el portal oficial del OEP: yoparticipo.oep.org.bo.

El Plazo y las Modalidades

El calendario electoral establece un tiempo límite de siete días para presentar las justificaciones. En contacto con Panamericana, el vocal del Tribunal Electoral Departamental (TED) de La Paz, Antonio Condori, confirmó que el plazo vence indefectiblemente el próximo 1 de marzo.

Existen tres modalidades habilitadas para presentar la excusa:

  1. Presencial: Presentando la documentación directamente en cualquier Tribunal Electoral Departamental.

  2. Virtual: A través de la plataforma informática dispuesta por el OEP.

  3. En área rural: Presentando los respaldos ante los notarios electorales asignados a la jurisdicción.

El trámite puede realizarse de manera personal o a través de familiares cercanos (padres, hijos, hermanos, abuelos o cónyuges). También se admiten trámites mediante un poder notariado o carta poder. En todos los casos, es obligatorio adjuntar una fotocopia simple de la cédula de identidad del interesado.

Las 8 causales válidas y sus requisitos documentales

El vocal Condori advirtió que el principal motivo de rechazo es la falta de respaldos documentales idóneos. Según el Reglamento para las Elecciones Subnacionales, estas son las únicas causales aceptadas y los documentos específicos que debes presentar para probarlas:

  1. Enfermedad: Se debe presentar un certificado médico o baja médica extendida por el seguro de salud. Para trabajadores independientes, es válido el certificado en el formulario autorizado por el Ministerio de Salud. En el área rural, se aceptan certificaciones de los centros de salud locales.

  2. Estado de gravidez (embarazo): Requiere la presentación de un certificado médico o una fotocopia simple del certificado de atención prenatal.

  3. Fuerza mayor o caso fortuito: * Por viajes: Fotocopias del pasaje (fuera del país o del departamento) o pasaporte con sello de salida e ingreso que demuestren ausencia el día de la votación.

    • Por accidentes: Certificado médico.

    • Por desastres naturales: Fotocopia simple de publicaciones de prensa o certificaciones emitidas por una autoridad pública.

    • Por cambio de destino laboral: Certificado emitido por el jefe superior o la autoridad correspondiente.

  4. Ser mayor de 60 años: Solo se requiere adjuntar la fotocopia simple de la cédula de identidad.

  5. Prestar servicios indispensables: Aplica para personal médico de emergencia, medios de comunicación, policías y militares. Deben presentar un certificado de trabajo emitido por la entidad contratante que especifique claramente que la persona estará prestando servicios el día de la elección.

  6. Dependencia de personas enfermas o con discapacidad: Quienes tengan a su cargo a personas con discapacidad o enfermedades incapacitantes deben presentar fotocopia de la documentación médica y los documentos que acrediten el grado de parentesco o relación de dependencia.

  7. Candidatos habilitados: Tienen la obligación de excusarse presentando un certificado del Tribunal Electoral y/o fotocopia simple del formulario de registro o publicación de prensa.

  8. Dirigentes políticos: Deben presentar el certificado emitido por el Tribunal Supremo o Departamental Electoral.

Sanciones severas

El TED es enfático: cualquier excusa sin documentación o presentada fuera del plazo del 1 de marzo será automáticamente rechazada por el principio de preclusión.

Aquellos ciudadanos sorteados que no asistan el día de los comicios y no hayan tramitado su excusa a tiempo, recibirán una sanción económica de 1.650 bolivianos. Además, quedarán inhabilitados en el sistema del OEP hasta que procedan a cancelar la multa. Por el contrario, quienes cumplan con su deber recibirán un estipendio de 60 bolivianos y tendrán derecho a un día de asueto laboral.