Expertos cuestionan validez de recurso contra Paz desde exterior
La Sala Constitucional Tercera de El Alto admitió acción popular contra el Decreto 5515 que permite al presidente Rodrigo Paz gobernar tecnológicamente desde el exterior. Abogado José Antonio Rivera y analista Julio Choque cuestionan su procedencia legal y política.
Admisión de la acción popular
La Sala Constitucional de El Alto aceptó el recurso contra el DS 5515, promovido por un ciudadano que alega vicios de inconstitucionalidad en la norma que habilita al primer mandatario a ejercer funciones vía medios tecnológicos durante viajes internacionales.
Cuestionamiento técnico-legal
José Antonio Rivera, abogado constitucionalista, argumentó que la acción popular no procede porque el decreto no modifica estructura ejecutiva ni atribuciones presidenciales. Solo facilita continuidad administrativa sin alterar competencias constitucionales fundamentales.
Recurso procesal inadecuado
Rivera subrayó que la acción popular no es vía idónea para control de constitucionalidad de decretos supremos. Esa competencia exclusiva corresponde al Tribunal Constitucional Plurinacional, no a salas constitucionales departamentales.
Disyuntiva legal-política
Analista Julio Choque planteó doble lectura: legalidad técnica del decreto versus gobernabilidad práctica. Identificó tensión entre formalidades jurídicas y necesidades funcionales del Estado en contextos de alta demanda internacional del presidente.
Competencia exclusiva del TCP
Choque concluyó que ninguna acción popular resolverá el fondo del asunto. Solo el Tribunal Constitucional Plurinacional puede emitir fallo definitivo sobre constitucionalidad del DS 5515, delimitando definitivamente sus alcances y límites.